4.9 Informe sobre Defensa Pública y Prevención del Daño Antijurídico

En lo relacionado con la política de defensa judicial es importante señalar que, la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera URF, es una entidad adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, sin personería jurídica, con autonomía administrativa y patrimonio independiente. En tal sentido no tiene facultad de representación judicial y por ende no tienen capacidad legal para demandar o ser demandada.

Por lo anterior, se consultó a la ANDJE quien manifestó, entre otros aspectos, que “(…) Así la cosa se concluye en primer lugar, que la URF por su naturaleza jurídica, es una de las Entidades destinatarias de las normas de conciliación de la Ley 446 de 1998 y el Decreto 1716 de 2009 y que sin interesar cuál sea el objeto de su misión puede estar en el futuro, avocada a reclamaciones y demandas judiciales. Sin embargo, debido a que se trata de Unidades Administrativas Especiales, sin personería jurídica, las decisiones sobre conciliación para atender la defensa judicial y el diseño de la política de prevención de daño antijurídico de la Entidad, deberá ser discutida y adoptada en el Comité de Conciliación del Ministerio al cual se encuentra adscrito, esto es el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por ser el que tiene la capacidad y la representación legal de la Entidad, de lo que se deriva que deberán prever su participación en dicho Comité.”

En consecuencia, es en el Comité de Conciliación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público en donde se realiza el estudio, análisis de las políticas de prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad.
icono de contrato

Transparencia

icono de internet

Enlaces de interés