El proyecto de decreto que establece las normas aplicables a la administración del FAPC del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de Origen Común está disponible para comentarios

Las personas interesadas en consultar el proyecto de decreto pueden hacerlo a través de la página web de la Unidad de Regulación Financiera, donde también podrán dejar sus comentarios utilizando el formulario disponible. El plazo para participar vence el 2 de abril de 2025.

Bogotá D.C., 28 de marzo de 2025. En cumplimiento de lo establecido en la Ley 2381 de 2024, se publicó para revisión y comentarios en la página web de la Unidad de Regulación Financiera, el proyecto de decreto que establece las normas para la administración del FAPC del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de Origen Común. Los interesados pueden consultarlo accediendo al siguiente enlace: bit.ly/3XhhMSP.

Este proyecto de decreto define el FAPC como una cuenta especial administrada por el Banco de la República, en calidad de agente fiscal del Gobierno nacional, y establece los lineamientos para la celebración del contrato de administración con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

También establece los recursos que ingresarán al fondo, incluyendo los aportes adicionales que el Gobierno Nacional podrá realizar para garantizar su sostenibilidad financiera. Además, incorpora criterios de prudencia, diligencia y transparencia en la gestión de los recursos pensionales.

Por otro lado, determina la composición del Comité Directivo, que estará conformado por tres funcionarios del Gobierno y cuatro expertos. Este comité tendrá funciones clave como aprobar la política de administración e inversión de los recursos del FAPC, definir los instrumentos financieros elegibles, establecer los objetivos de riesgo y retorno, autorizar situaciones excepcionales de administración directa por el Banco de la República y presentar informes periódicos al Congreso. También será responsable de aprobar las políticas de transparencia y garantizar el adecuado cumplimiento del objeto del fondo.

Asimismo, el proyecto decreto determina los criterios y procedimientos para la selección de los cuatro miembros expertos por parte del Banco de la República, e implementa un estricto régimen para evitar conflictos de interés. También, define los lineamientos para la contabilidad separada del fondo y la presentación de los informes financieros.

Establece criterios generales para maximizar la rentabilidad de los recursos y contempla medidas temporales para facilitar el inicio de las operaciones del fondo, incluyendo la posibilidad de incluir administradores transitorios, en el caso de que el Comité Directivo no haya definido las políticas antes del 30 de junio de 2025.

De esta manera, este proyecto de decreto establece un marco sólido y transparente para la administración de los recursos pensionales, asegurando su sostenibilidad y rentabilidad a largo plazo.

Para más información sobre este proyecto de decreto, consulta nuestra página web www.urf.gov.co o nuestras redes sociales.

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