Inclusión financiera y titularización: claves para un sistema financiero más dinámico, competitivo y resiliente
La directora de la Unidad de Regulación Financiera (URF) participó en el taller “Desarrollo del mercado de Titularización de Microcrédito en Colombia”, organizado por Bancóldex, el Banco Mundial y Asomicrofinanzas. Durante su intervención, destacó la importancia de contar con una regulación que impulse la inclusión financiera y la titularización como instrumentos clave para el desarrollo económico y social del país.

Bogotá D.C., 21 de mayo de 2025. Uno de los objetivos estratégicos del Gobierno Nacional en el sector económico es fomentar la inclusión financiera, para que más colombianos puedan acceder y hacer uso de productos y servicios financieros de calidad que contribuyan a su bienestar.
Por ello, la Unidad de Regulación Financiera analiza las tendencias del mercado, las necesidades de la población y las oportunidades que ofrece la tecnología para continuar desarrollando un marco regulatorio que promueva un acceso más amplio, equitativo y seguro a los servicios financieros en Colombia.
Si bien la inclusión financiera es una prioridad para el país, también es esencial que los productos y servicios disponibles se utilicen de forma efectiva y responsable, permitiendo empoderar a las personas y microempresas. En este sentido, las reformas regulatorias buscan ampliar las alternativas de fondeo e inversión, con el objetivo de ofrecer más oportunidades a los colombianos y sus emprendimientos, y así aportar a un desarrollo económico más equitativo y sostenible para el país. Lo anterior, dentro de unos marcos adecuados de emisión, revelación de información, protección de los inversionistas y administración y gestión de los productos financieros, entre otros.
Ahora bien, la regulación de titularización, tanto hipotecaria como no hipotecaria, se encuentra consolidada en el Decreto 2555 de 2010, Decreto Único del Sector Financiero, Asegurador y del Mercado de Valores, en el cual se establece una serie de normas relacionadas con los activos que se pueden titularizar, las reglas prudenciales de las sociedades titularizadoras, formas de estructuración, circulación de los valores, y colaterales, entre otros temas.
“Es importante señalar que en el citado decreto, el Gobierno Nacional ha establecido normas particulares para la titularización de diversas clases de carteras de crédito, incluida la cartera de microcréditos, siempre que el vehículo sea administrado por una entidad titularizadora o por una sociedad fiduciaria, que se cuente con medidas para determinar la siniestralidad de la cartera y que existan medidas de seguridad o de apoyo de crédito para el caso que se presenten desviaciones de los índices de siniestralidad previstos para la cartera”, aseguró Mónica Higuera, directora de la URF.
De esta forma, para las microfinancieras se abre la posibilidad de titularizar parte de su cartera de créditos, lo que les permite convertir activos de baja liquidez en valores negociables en el mercado de capitales. Esto no solo facilita el acceso a nuevos recursos líquidos para financiar sus proyectos y operaciones, sino que también les abre la puerta a fuentes de fondeo distintas a las tradicionales.
“Es aquí donde la titularización emerge como una figura con un potencial significativo. La titularización, realizada de acuerdo con las normas vigentes y bajo una supervisión adecuada, puede ser un instrumento poderoso para profundizar la inclusión financiera en Colombia. Al movilizar capital del mercado de capitales hacia el sector del microcrédito, podemos empoderar a más colombianos, fortalecer sus emprendimientos y contribuir a un desarrollo económico más equitativo y sostenible para toda la nación”, concluyó Mónica Higuera.
Por eso, espacios como este son clave para seguir avanzando hacia una titularización de microcrédito que se consolide como una herramienta sólida y efectiva para impulsar la inclusión financiera en Colombia.














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