El Gobierno Nacional fortalece la inclusión financiera y el desarrollo económico con las modificaciones al Decreto 2555 de 2010

Esta iniciativa se enmarca en la política pública que adelanta el Gobierno Nacional para fomentar los pagos digitales, fortalecer la confianza de los usuarios y garantizar la seguridad y estabilidad del ecosistema de pagos mediante infraestructuras modernas.

Bogotá D.C., 26 de febrero de 2025. La Unidad de Regulación Financiera participó en el conversatorio "Ajustes normativos al ecosistema de pago de bajo valor", organizado por la Universidad Externado, donde se presentaron las más recientes propuestas del Gobierno Nacional sobre regulación en materia de pagos digitales.

Durante el evento, Paola Peña, asesora de la Subdirección de Desarrollo de Mercados, expuso las principales propuestas de modificación al Libro 17 de la Parte 2 del Decreto 2555 de 2010, cuyo objetivo es fortalecer un ecosistema de pagos moderno, seguro y eficiente que impulse la inclusión financiera, la competitividad de los mercados y el crecimiento económico.

Entre las propuestas más relevantes se destacan:

  • Esquemas bilaterales de compensación y liquidación: Se han desarrollado nuevos esquemas que permiten la compensación y liquidación de operaciones entre entidades sin la intervención de una Entidad Administradora de Sistemas de Pago de Bajo Valor (EASPBV).  Estos esquemas conllevan riesgos y beneficios para el ecosistema de pagos.  

Es necesario realizar un análisis más profundo que permita tomar decisiones regulatorias en la materia. En este sentido, el proyecto de decreto incluye una obligación de reporte de información por parte de las entidades emisoras y receptoras que participen en esquemas bilaterales de compensación y liquidación de operaciones inter-entidad a la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC).

Esta información permitirá realizar una correcta clasificación de las operaciones inter-entidad, que actualmente son reportadas como operaciones intra-entidad y contar con información clara sobre el número de esquemas bilaterales que operan en el país, sus participantes, su volumen transaccional y los procedimientos que utilizan para mitigar el riesgo de incumplimiento.

  • Liquidación en Establecimientos de Crédito (EC) : El marco normativo permite que los Sistemas de Pago de Bajo Valor realicen la liquidación de operaciones a través de cuentas de depósito en elBanco de la República o en un Establecimiento de Crédito (EC). El uso de la infraestructura de un tercero para efectuar el proceso de liquidación expone a los SPBV a riesgos ajenos a su actividad.

El proyecto de decreto establece que las EASPBV que utilicen la infraestructura de un EC para la liquidación de operaciones deberán gestionar los riesgos operacionales derivados de esta interconectividad, cumpliendo con los requisitos de control definidos por la Superintendencia Financiera de Colombia para la tercerización de procesos críticos.

  • Mitigación del riesgo de interrupción: La confianza en el ecosistema de pagos se ve afectada cuando los usuarios no pueden completar transacciones debido a fallas en los sistemas de sus entidades. A pesar de los esfuerzos de las entidades y los requisitos normativos vigentes, las entidades emisoras aún enfrentan interrupciones en la prestación de sus servicios transaccionales, especialmente a mediados y finales de mes.

El proyecto de decreto exige que la totalidad de las entidades emisoras y receptoras garanticen una disponibilidad mensual mínima en la prestación de sus servicios para enviar y recibir OPTF a través de sus canales digitales.

  • Deber de prestación de servicios de pago inmediatos e interoperables: La oferta de servicios de OPTF inmediatas e interoperables por parte de las entidades emisoras a sus clientes actualmente es voluntaria. La participación voluntaria implica que las entidades emisoras pueden decidir no vincularse o retirase del sistema de pagos inmediatos e interoperados. En estos eventos, los beneficios previstos para el consumidor financiero no se materializarían y se desaprovecharían los esfuerzos de las entidades públicas y privadas en el diseño, estructuración e implementación del sistema de pagos inmediatos interoperable.

Para consolidar estos esfuerzos  es fundamental promover una amplia participación de las entidades emisoras y receptoras en el sistema de pagos inmediatos e interoperables. Por lo tanto, el proyecto de decreto establece que aquellas entidades emisoras y receptoras vigiladas por la SFC que cuenten con más de 1.500.000 cuentas de depósito a la vista activas deberán prestar a sus usuarios el servicio de enviar y recibir OPTFI inter-entidad a través de un SPBVI.

  • Reglas sobre las operacionales intra-entidad: El proyecto de decreto establece reglas específicas para:
  1. Que los usuarios del ecosistema puedan iniciar tanto operaciones intra-entidad como inter-entidad inmediatas a través de las funcionalidades identificadas con el sello Bre-B.

De esta forma se facilita que cualquier usuario, sin importar la entidad en dónde el ordenante o el receptor tenga su cuenta, pueda beneficiarse de las infraestructuras de pagos inmediatos y que más personas y comercios confíen y adopten Bre-B para sus transacciones diarias.

  1. Que las entidades cuenten con mecanismos de protección adecuados para los usuarios de los servicios de OPTF intra-entidad por fuera de Bre-B.
  2. Que las entidades emisoras reporten a la SFC la información  que esta autoridad requiera para hacer un adecuado seguimiento del ecosistema de pagos.
  • Creación del Consejo Nacional de Pagos: Se establece una nueva instancia de carácter consultivo no vinculante que tiene como objetivo formular recomendaciones para promover el desarrollo del ecosistema de pagos. Dentro de sus funciones se destacan: identificar perspectivas, posiciones y necesidades comunes, identificar necesidades regulatorias y no regulatorias, discutir propuestas y proyectos normativos, entre otras.

 

  • Adquirencia por parte de Cooperativas de Ahorro y Crédito Plenas: La actividad de adquirencia permite a los comercios recibir pagos y transferencias electrónicas. Con las modificaciones propuestas al Decreto 1068 de 2015, las Cooperativas de Ahorro y Crédito Plenas ahora están autorizadas para desarrollar esta actividad y es necesario armonizar las disposiciones contenidas en el Decreto 2555 de 2010 sobre la materia.

Para el Gobierno Nacional cerrar las brechas en inclusión financiera es fundamental para generar oportunidades de desarrollo económico y mejorar la gestión de riesgos en los sectores tradicionalmente desatendidos. Las modificaciones al Decreto 2555 de 2010 permitirán consolidar ecosistemas digitales que fomenten el uso de productos y servicios financieros electrónicos, reduzcan la dependencia del efectivo y fortalezcan la interoperabilidad de infraestructuras de pago modernas y seguras, alineado con estándares internacionales y las necesidades del mercado colombiano.

Para más información, ingresa al siguiente link: https://bit.ly/3F5AGFV

 

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