Gobierno Nacional actualiza las reglas prudenciales y de liquidez para las cooperativas de ahorro y crédito

agosto 06, 2026

El Decreto 0976 de 2026 modifica el Decreto 1068 de 2015 en materia del régimen prudencial aplicable a las cooperativas de ahorro y crédito y a las cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito de categoría intermedia y plena. Asimismo, actualiza las disposiciones sobre el fondo de liquidez de las entidades de categoría plena y suprime el comité interno de administración del riesgo de liquidez aplicable al sector de ahorro y crédito de la economía solidaria.

Grupo de personas uniendo sus manos, representando la colaboración y el fortalecimiento del sistema financiero en el marco del Decreto 0976 sobre portabilidad financiera.

Bogotá D.C., 6 de agosto de 2026. El Gobierno Nacional expidió el Decreto 0976 de 2026, mediante el cual se actualizan las reglas prudenciales aplicables a las cooperativas de ahorro y crédito de categoría intermedia y plena, así como las disposiciones sobre el fondo de liquidez para las cooperativas de ahorro y crédito clasificadas en la categoría plena.

Esta actualización normativa tiene como propósito fortalecer la calidad y suficiencia del capital regulatorio, con un mayor énfasis en la capacidad de absorción de pérdidas; promover una adecuada gestión y revelación de los riesgos operacionales, de mercado, de crédito y de liquidez asumidos por estas entidades; y reducir la brecha entre la regulación prudencial aplicable al sector cooperativo y los estándares nacionales e internacionales, en concordancia con la clasificación por categorías de las organizaciones.

Para alcanzar estos objetivos, el Decreto incorpora, los siguientes ajustes:

  • Segmentar la regulación prudencial de manera diferencial, de acuerdo con las categorías de las cooperativas.
  • Depurar el patrimonio técnico, excluyendo aquellas cuentas que no cuentan con capacidad de absorción de pérdidas.
  • Incorporar el cálculo de los activos ponderados por riesgo de mercado para las cooperativas de categoría plena y requerir el reporte de información sobre el riesgo operacional.
  • Establecer que los ponderadores del riesgo de crédito dependan del tipo de contraparte y de su calificación de riesgo, con el fin de lograr una medición más precisa de este riesgo.
  • Actualizar las reglas aplicables al fondo de liquidez para incorporar el vencimiento de los pasivos, con un enfoque diferenciado para las cooperativas de ahorro y crédito de categoría intermedia y plena, y reglas específicas para el fondo de liquidez de las cooperativas de categoría plena.

Con estos ajustes, se espera que las cooperativas de ahorro y crédito de categoría intermedia y plena cuenten con un nivel de capital suficiente para cumplir con los requerimientos adicionales de capital. Asimismo, el fortalecimiento de la gestión y revelación de riesgos contribuirá a mejorar su solidez financiera.

En materia de liquidez, el Decreto 0976 de 2026 propone una actualización del régimen aplicable al fondo de liquidez de las cooperativas de ahorro y crédito de categoría plena, con el fin de reflejar de manera más adecuada la estructura de vencimientos de sus pasivos y permitir una gestión más eficiente y flexible de los recursos. Como resultado, estas entidades contarían con un fondo de liquidez de menor tamaño que el actualmente exigido, pero conformado por activos líquidos de alta calidad, lo que fortalecería la gestión del riesgo de liquidez preservando la capacidad de las entidades para atender oportunamente sus necesidades y obligaciones.

Adicionalmente, con el fin de promover eficiencias en la gobernanza de la gestión de riesgos de las organizaciones, se suprime el comité interno de administración del riesgo de liquidez aplicable al sector de ahorro y crédito de la economía solidaria, esto es, cooperativas de ahorro y crédito, cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito y asociaciones mutuales. Esto, con el fin de que sus funciones sean asumidas de manera integral por los comités de riesgo de las organizaciones. 

Conozca las disposiciones del Decreto ingresando al siguiente enlace.

Última fecha de actualización: jueves, 6 de agosto de 2026